Términos generales de entrega y pago
Términos Generales de Entrega y Pago
1. Aplicabilidad
1.1 Todas las entregas y otros servicios efectuados por nosotros, así como los pagos que se nos hagan, serán regulados exclusivamente por estos Términos de Entrega y Pago. En caso de ausencia de disposiciones aplicables, se aplicará de manera supletoria la legislación mexicana; Si los términos de venta de algún Comprador son desiguales a estos Términos de Entrega y Pago, solo quedaremos obligados según dichos términos desiguales si expresamente así lo reconocemos mediante documento o telefax.
1.2 En la entrega de los productos y/o servicios, el Comprador reconoce la aplicación exclusiva de nuestros Términos de Entrega y Pago.
2. Ofertas
2.1 Nuestras ofertas son sin compromiso y sujetas a modificación, a no ser que la oferta haga mención expresa de un periodo de vigencia. Documentos relacionados a nuestras ofertas – tales como dibujos, ilustraciones, trazos y muestras, y/o dimensiones, peso, desempeño y consumo – contienen o por sí mismos constituyen datos aproximados y no características específicas a menos que se estipule lo contrario. Nos reservamos el derecho a efectuar modificaciones por razones de ingeniería.
2.2 Nos reservamos todos los derechos de propiedad industrial y de derechos de autor sobre los estimados de costos, dibujos y otros documentos; dicha información no podrá ser revelada a ni utilizada en beneficio de terceras personas.
La aceptación de una orden, y cualquier compromiso o acuerdo adicional hecho por nuestros empleados, así como la modificación o alteración de cualquier tipo, no nos será obligatorio sino hasta que lo hayamos confirmado por escrito, telefax o correo electrónico.
4.1 Los precios serán siempre los precios de lista vigentes en la fecha de entrega. Éstos son precios exworks (EXW [Incoterms 2000]) excluyendo el empaque, seguro, carga de del producto en la fábrica y el impuesto al valor agregado; el empaque no será aceptado como devolución.
4.2 Los pagos deberán ser efectuados en fondos netos, sin deducción alguna y libre de todo costo, a más tardar dentro del plazo de pago convenido. No obstante lo previsto en las disposiciones legales aplicables, nos reservamos el derecho de decidir que adeudo o adeudo parcial a favor del Comprador puede compensarse en contra de dichos pagos.
4.3 Si cualquier cambio se requiere en la ejecución de la orden por circunstancias imputables al Comprador, entonces este último será responsable por todos los costos adicionales que se incurran.
4.4 Si el plazo de pago es excedido, tendremos el derecho de cobrar un interés moratorio aplicabdo la tasa de interés interbancaria de equilibrio (TIIE) a 28 (veintiocho) días que al efecto publique el Banco de México en el Periódico Oficial de la Federación, más 1000 puntos base, en adición a los costos de cobranza, todo lo cual deberán sumar al menos un 12% (doce por ciento) del reclamo total. Esto sin perjuicio de cualquier otro derecho o acción derivado del incumplimiento en el pago.
4.5 No obstante las disposiciones legales aplicables, el Comprador no podrá retener pagos o compensarlos en contra de contra-adeudos que estén siendo impugnados.
4.6 Por su parte, tendremos derecho de compensar en cualquier momento aquellos adeudos a favor del Comprador en contra de los adeudos que este tenga a nuestro favor.
4.7 Por los servicios realizados bajo contratos por servicios y materiales (instalación, reparaciones, mantenimiento y cualquier otro servicio), la cobranza se realizará en base al número de horas trabajadas y los precios de materiales aplicables al momento de su conclusión, más los costos adicionales por tiempo extra, por trabajo durante la noche, en domingo o días festivos; los tiempos de traslados y espera se contarán como horas de trabajo. Costos de traslado y viáticos, serán facturados en forma separada.
El periodo de entrega iniciará con el envío de la confirmación de la orden, mientras que el periodo de servicio para la instalación, mantenimiento o reparación iniciará a partir de la entrega del equipo. En ningún caso el período de entrega o servicio iniciará en un plazo menor a 14 días siguientes a la entrega por parte del Comprador de los documentos (ej. dibujos de ingeniería, planos, etc.), permisos o aceptaciones que le corresponda facilitarnos, o cuando haya hecho pago del anticipo convenido. El término para la entrega o servicio se considerará cumplido si se ha notificado al Comprador, previo al vencimiento del plazo establecido, de nuestra disponibilidad para hacer la entrega o prestar el servicio; en los casos cuando un acuerdo especial nos obliga a despachar o hacer la entrega, el término de entrega o ejecución se considerará como cumplido si el objeto de la entrega o ejecución ha abandonado nuestra fábrica previamente al vencimiento de dicho plazo.
5.2 Los periodos de entrega y prestación de servicios serán extendidos por la duración de cualquier impedimento imprevisto y que este fuera de nuestro control, incluyendo caso fortuito y causas de fuerza mayor, tales como paros laborales, falta substancial de personal, huelgas ilegales, retardos en el suministro de materia prima y componentes esenciales o causas similares, así como circunstancias en las que el riesgo surge por culpa del Comprador, siempre y cuando estos impedimentos y/o circunstancias tengan un efecto substancial en el incumplimiento del plazo. Los impedimentos y/o circunstancias de esta naturaleza, liberan las consecuencias del incumplimiento hasta en tanto duren dichos impedimentos; cualquier sanción por incumplimiento de obligaciones contractuales acordadas dejarán de aplicar. Se deberá realizar una notificación inmediata sobre el inicio y terminación de un impedimento de esta naturaleza. De la misma forma, tendremos el derecho a terminar el contrato, en su totalidad o en parte, si dichos impedimentos ocurren. En tales casos, no será procedente la exigencia de pago por daños ocasionados al Comprador, a no ser que éste compruebe que existió negligencia por nuestra parte.
5.3 Si los períodos convenidos de entrega o prestación de servicios, o el período que haya sido extendiso según se precisa en la sección 5.2 anterior, son excedidos por un período superior a cuatro semanas, el Comprador tendrá derecho a dar por terminado el contrato, mediante notificación oficial por escrito que nos envíe con por lo menos 14 días adicionales de anticipación. Salvo que el Comprador demuestre negligencia por nuestra parte, no será aplicable el reclamo de daños en estos casos.
5.4 Si el Comprador incurre en algun daño o perjuicio por causas imputables a un retraso por nuestra parte, tendrá derecho a que se le compense por la cantidad de 0.5% por semana – hasta un máximo de 5% - del valor total de la parte que por el retraso en la entrega no pudo ser utilizada a tiempo o no se pudo utilizar para el propósito pretendido por el Comprador. Para otros servicios, la compensación será de 5% de la compensación total. Cualquier reclamación por daños o perjuicios en exceso a las señaladas no será válida, así como las reclamaciones por daños o perjucios causados por retrasos imputables a nuestros proveedores, a no ser que se compruebe negligencia por nuestra parte.
5.5 En los casos que el envío sea bajo nuestra responsabilidad, nos reservamos a nuestro criterio el modo y ruta del envío. Los bienes siempre se envían bajo el riesgo y costo del Comprador. Solo seremos responsables por los daños causados cuando se compruebe que hubo negligencia de nuestra parte. Solo obtendremos un seguro de transportación, en caso de que sea requerido expresamente por y bajo la costo del Comprador.
5.6 Nos reservamos el derecho para realizar entregas parciales.
5.7 Nuestro cumplimiento con el periodo de entrega estará sujeto al cumplimiento por parte del Comprador de las obligaciones contractuales contraídas, en las transacciones pendientes de cumplimiento.
5.8 Si la entrega se retrasa debido a circunstancias imputables al Comprador, entonces éste deberá cubrir todos los costos adicionales, tales como el almacenamiento en nuestras bodegas, con un cargo mínimo de 0.5% mensual sobre la cantidad total de la factura. En dicho caso tendremos el derecho de otorgar al Comprador un periodo de gracia máximo de 14 días, y si este periodo se vence, nos reservamos el derecho, a nuestra discreción, para realizar arreglos alternos en relación a los productos a ser entregados y a efectuar la entrega al Comprador dentro de un periodo extendido razonable, o a rescindir el contrato y exigir los daños o perjuicios ocasionados por dicho incumplimiento. En este último caso, tendremos el derecho, sin necesidad de prueba alguna, de cobrar una pena convencional equivalente al 10% del valor del pedido. Cuando los daños y perjuicios excedan la cantidad antes mencionada, tendremos derecho a reclamar estos en vez de la pena convencional.
5.9 Para productos ordenados por teléfono, o para producción sin instrucciones de envío, la entrega deberá hacerse dentro de los tres meses siguientes. Si dicho término expira, aplicarán en forma análoga las disposiciones de la sección 5.8.
5.10 Por los servicios prestados bajo contratos de trabajo y materiales (sección 4.7), el Comprador deberá proveernos el equipo y materiales auxiliares necesarios (ej. sujetadores, rieles, electricidad, etc.) en forma oportuna y bajo su costo, aún si la instalación esta incluida en el precio (4.1) o a un precio alzado ha sido convenido para ello. Cualquier trabajo que requiera ser realizado por el Comprador en preparación para la instalación, ej. trabajo de construcción, deberá ser terminado previo al arribo de nuestros técnicos de instalación. Asimismo, el Comprador deberá tomar todas las medidas precautorias necesarias para la protección de personas y propiedad. No seremos responsables por personal de apoyo, equipo y materiales auxiliares que hayan sido puestos a nuestra disposición a menos que se compruebe negligencia por nuestra parte.
6.1 Risk shall pass to the Ordering Party as soon as the articles to be delivered, or the articles on which we have performed maintenance, repair or other work, have left our factory. The same shall also apply to part-deliveries or in cases where we have undertaken to bear the shipping charges or to perform delivery, setting-up, assembly, installation or other similar services. If the maintenance, repair or other work is carried out in the domain of the Ordering Party, then risk shall pass to this latter as soon as it has received notification that the work in question has been completed.
6.2 If there is any delay in dispatching or delivering the shipment for reasons for which we are not liable, the risk shall pass to the Ordering Party as soon as it has been notified that the consignment is ready for delivery.
Nos reservamos el dominio de los bienes entregados hasta que el pago por la compra haya sido liquidado en su totalidad por el Comprador.
7.2 El Comprador solo podrá revender el producto entregado – aun si éste ha sido adjuntado a otros productos o procesado – como parte del curso ordinario de sus operaciones. Sin embargo, esta facultad quedará sin efectos si las reclamaciones resultantes son cedidas a terceros o son objeto de prohibición de cesión, o si el Comprador resulta insolvente o en incumplimiento con la ejecución de sus obligaciones contractuales. Cualquier otro acto de disposición de los productos esta prohibido para el Comprador. En el caso de apropiación, o que el producto sea confiscado, o cualquier otro acto de disposición de los productos por terceros, el Comprador deberá notificarnos de inmediato. Los costos incurridos en la defensa de nuestro justo título sobre los productos deberán ser cubiertos por el Comprador.
7.3 Las reclamaciones y otros derechos derivados de la reventa, renta o arrendamiento del producto entregado, aún si este último ha sido unido junto con otros artículos o procesado, se tendrán por cedidos a nuestro favor por parte del Comprador; el Comprador deberá hacer constar lo anterior, mediante la anotación respectiva en sus libros. Si el producto entregado es vendido o transmitido a un tercero para su uso junto con otros productos (independientemente de si ha sido sumado con otros productos o procesado), entonces la cesión de los derechos de cobro nos será cedido únicamente por lo que hace a la cantidad del precio de venta adeudado a nosotros. Lo anterior sin perjuicio de cualquier otra reclamación por los daños o perjuicios incurridos.
7.4 El Comprador tendrá derecho a cobrar y exigir sus otros derechos, siempre y cuando haya cumplido con sus obligaciones de pago a nuestro favor.
7.5 Si el Comprador incumple los términos contractuales – en particular al encontrarse en incumplimiento de pago o de cualquier otra obligación contractual, o bien, al ser insolvente – tendremos derecho, a nuestra discreción: a rescindir el contrato sin otorgar periodo de gracia alguno; a mantener el contrato vigente, y tomar el producto entregado; o a prohibir su uso. Tendremos también el derecho de vender el artículo devuelto en el mercado; las cantidades obtenidas por dicha venta serán acreditadas a favor del adeudo del Comprador, una vez reducidas estas cantidades en un 10% sobre los montos obtenidos. Si se encuentra pendiente la devolución del producto en el caso de rescisión del contrato, se cobrará por el uso del producto una cantidad equivalente al 5% sobre el valor original del producto, a no ser que la depreciación real del producto sea mayor.
No otorgamos garantía alguna por diferencias ordinarias en tamaño, peso o calidad de los productos (o dentro de lo tolerado por los estándares ORNOM, EN o DIN), ni para la información otorgada en relación con la idoneidad de los productos para cumplir los fines contemplados por el Comprador o para algún otro propósito en particular.
8.2 No obstante que la Empresa garantiza la precisión de las instrucciones, manuales operativos y de servicio al cliente, el cumplimiento de cualquier regulación con relación al uso y prueba de los productos para los fines adquiridos, será responsabilidad única y exclusiva del Comprador. La Empresa únicamente responderá en caso de que exista alguna instrucción que difiera de los manuales de instrucción, siempre y cuando dicha variación sea confirmada por escrito, ya sea por carta, fax o correo electrónico.
8.3 Los productos o servicios adquiridos deberán ser examinados por el Comprador inmediatamente después de su entrega. Cualquier defecto deberá ser reportado a la Empresa, inmediatamente después de haber tenido conocimiento del mismo, por medio de una notificación por escrito, ya sea por carta, fax o correo electrónico estableciendo en dicha notificación el numero y fecha de la orden de confirmación, de la nota de entrega o de la factura, así como el numero de serie y comisión. Si el Comprador no realiza dicha notificación, no podrá hacer valer ninguna reclamación de la garantía o reclamar daños y perjuicios por defecto del producto, o bien, por algún malentendido en relación a que el producto o servicio entregado se encontraba sin defectos. La notificación deberá especificar cuales productos o servicios son los que se encuentran defectuosos, en que consisten dichos defectos y bajo que circunstancias ocurrieron dichos defectos. Cada uno de los defectos deberá ser descrito detalladamente por el Comprador. Los costos en los que incurra la Empresa como resultado de notificaciones injustificadas o notificaciones que contraríen o difieran de las condiciones de uso establecidas por la Empresa, deberán ser reembolsados por el Comprador.
8.4 Para el caso del mantenimiento correctivo y/o preventivo, nuestra garantía estará limitada a los servicios efectivamente prestados. La Empresa únicamente garantiza el correcto funcionamiento de la instalación, la maquinaria y similares cuyos componentes no fueron proveídos por nosotros, si la Empresa ha convenido – no obstante la provisión de algunos componentes por el Comprador o terceras personas – proveer la instalación (o la maquinaria, etc) como un todo, y siempre y cuando el funcionamiento defectuoso no sea atribuible a una incorrecta o incompleta información proveída por parte del Comprador.
8.5 Salvo pacto en contrario, el periodo de la garantía será de 24 meses. Sin embargo, a partir del décimo tercer mes, la garantía se limitará exclusivamente a proveer, sin costo alguno, las piezas necesarias para remediar los defectos; por lo que a partir del décimo tercer mes cualquier reclamo de garantía que vaya más allá de lo aquí establecido será inadmisible. El mismo periodo aplicará para proveer las piezas que se estimen inamovibles y para trabajar en productos que sean, o se estimen inamovibles. El periodo de garantía empezará a correr a partir de la transmisión del riesgo (sección 6). El Comprador deberá probar que los defectos encontrados durante el periodo de garantía se encontraban presentes al momento de la transmisión del riesgo.
8.6 En los casos en los que se otorgue garantía, la Empresa deberá – bajo nuestra propia discreción y dentro de un periodo razonable de al menos 4 semanas – (i) intercambiar el producto defectuoso o los componentes defectuosos por un producto sin defectos o componentes sin defecto alguno, (ii) remediar el(los) defecto(s), (iii) otorgar al Comprador una reducción razonable en el precio del producto, o (iv) cancelar el contrato (salvo que el defecto en cuestión sea menor). El periodo de garantía no será prolongado por el intercambio del producto o las partes o componentes de este. Sin embargo, si el plazo restante del periodo de garantía – incluyendo el plazo establecido en la sección 8.5 en el cual existe una garantía limitada – le restan menos de doce meses para su terminación, entonces el periodo de garantía por los productos que han sido intercambiados será extendido hasta el período original de doce meses. Los productos, partes o componentes que sean substituidos pasarán a ser propiedad de la Empresa. No se reembolsarán los gastos en los que incurra el Comprador o algún tercero para remediar algún defecto.
8.7 En caso de ser necesario y razonablemente esperado por el Comprador, los equipos defectuosos deberán ser entregados inmediatamente a la Empresa, bajo el riesgo y costo del Comprador. En caso de que esto no suceda, todas las obligaciones de garantía asumidas por la Empresa serán nulas.
8.8 El Comprador no tendrá derecho a retener pagos con motivo de un reclamo de garantía o alguna otra reclamación en contra de la Empresa que no sea reconocida por nosotros.
8.9 Los reclamos de garantía del Comprador serán excluidos en los casos en los que los manuales de instalación, de uso y operaciones entregados por nosotros, no sean cumplidos, o cuando el usuario no ha sido obligado a observar dichas instrucciones; si el trabajo de instalación no ha sido realizado adecuadamente de acuerdo a los Estándares correspondientes, o bien si no fue realizado por contratistas autorizados; si algún mantenimiento correctivo o algún otro servicio ha sido realizado sin nuestro consentimiento; si los productos han sido utilizados de manera incorrecta u operados no obstante sus componentes defectuosos, o llevados fuera del territorio permitido en el contrato sin nuestro consentimiento, o sea utilizado en contravención de nuestras instrucciones o para fines distintos a los que fueron creados; y más aún, si los defectos son atribuibles a un objeto ajeno, a reacciones químicas, a un sobre voltaje, a terceras personas o por causas de fuerza mayor; siendo asimismo aplicable respecto de los desgastes ocasionados por su uso ordinario.
8.10 La garantía de la Empresa se verá excluida en los casos en que hayamos sido contratados para llevar a cabo reparaciones, alteraciones o modificaciones de productos usados, o para proveer dichos productos.
8.11 El Comprador deberá notificar por escrito a la Empresa de cualquier modificación que pretenda realizar a un producto entregado, o modificar el modo de operación; asimismo deberá permitir a la Empresa llevar a cabo investigaciones en relación a dichos acontecimientos, mediante personas asignadas por ésta, en caso de incumplimiento, el Comprador perderá el derecho de reclamar cualquier garantía otorgada, así como exigir daños y perjuicios.
8.12 En caso de entregas que se vean afectadas por la División de Electrónicos Solares (SE), la garantía antes mencionada aplicará por un periodo de 60 meses en el caso de inversores FRONIUS IG y de 24 meses para todas las opciones (sistema add-ons) incluidos en la entrega de componentes FRONIUS IG DatCom, en ambos casos dicho periodo comenzara al finalizar el proceso de instalación de los mismos.
9.1 La Empresa sólo se hace responsable ilimitadamente por los daños ocasionados, si el Comprador logra probar que nosotros ocasionamos dichos daños, sea con conocimiento e intencionalmente o por negligencia. Si el Comprador logra probar que la Empresa ha causado algún daño por negligencia, nuestra obligación de indemnizar se limitará al daño directo causado y hasta un máximo que no podrá exceder del valor total de la factura. Todas las demandas o reclamos por daños de este tipo, podrán ser ejecutables conforme a la legislación aplicable si se realizan dentro de los seis meses siguientes a que se tenga conocimiento del daño ocasionado.
9.2 En caso de que un tercero reclame a la Empresa, cuando la Empresa haya preveído sus productos según los diseños, dibujos y modelos entregado por el Comprador, éste tendrá la obligación de indemnizar y dejar en paz y a salvo a la Empresa de dicha reclamación.
9.3 Será excluida la responsabilidad civil de la Empresa por daños en propiedad. Al utilizar las instalaciones, maquinaria u otros productos preveidos por la Empresa, el Comprador esta obligado a observar laboriosamente todas las regulaciones de seguridad, reglas técnicas, regulaciones de instalación, instrucciones de operación y manuales del usuario y en particular toda la regulación aplicable en el campo de ingeniería eléctrica, así como autorizar únicamente a personal capacitado a operar el equipo.
10.1 El lugar en donde se lleve a cabo la entrega de los equipos, los servicios y cualquier pago, así como el lugar donde recaiga la jurisdicción será Monterrey, Nuevo León, México. Sin embargo, tendremos el derecho de demandar al Comprador en el lugar en el cual tenga jurisdicción aplicables al lugar de su residencia o domicilio.
10.2 Cualquier disputa legal proveniente del contrato será regulado por las leyes de México y por las practicas comerciales aplicables en el lugar en que se lleve a cabo la prestación del servicio o la entrega del equipo. La Convención de las Naciones Unidas sobre la Compraventa Internacional de Mercaderías, queda expresamente excluida.
En el caso de venta de software, ya sea que se venda conjuntamente con otros productos o en forma separada, los términos y condiciones establecidos anteriormente, solo aplicarán en tanto no se opongan a las siguientes disposiciones:
11.1 Derecho de uso
11.1.1 El Comprador podrá utilizar el software únicamente en una maquina a la vez; la decisión de qué maquina utilizará el programa será del Comprador. Por “utilización del software” se entenderá toda copia o duplicado de manera permanente o temporal que se haga del software, de manera integral o en partes, ya sea que se grabe, se cargue o se ejecute por un hardware con el propósito de correr el programa y procesar la información contenida en el mismo. El Comprador tendrá derecho de tomar las medidas necesarias para observar, investigar y probar el software. El Comprador no podrá duplicar o copiar el manual del usuario.
11.1.2 El Comprador únicamente podrá realizar las modificaciones o ediciones necesarias al software, a fin de ser utilizado de acuerdo a los términos pactados, para interconectar el software con otros programas o para corregir errores del mismo. Cualquier marca, nombre comercial, derechos de autor, patentes u otras similares que contenga el software no podrán ser modificados o alterados de forma alguna, y deberán transmitirse en cualquier versión modificada o editada del software. Queda prohibido realizar cualquier alteración al código del programa (program code) que no se encuentre autorizada.
11.1.3 El Comprador podrá realizar un duplicado del software, siempre y cuando sea necesario para asegurar la disponibilidad del programa en el futuro. En caso de que ocurriera un daño irreparable a la copia original, el Comprador recibirá un reemplazo de éste a cambio del medio de almacén de datos originales (original data medium).
11.2 Transmisión del software a un tercero
11.2.1 El Comprador, podrá transmitir el software, en sus condiciones originales, a un tercero, pero deberá obligar al tercero a cumplir con todas las obligaciones aquí establecidas a favor de la Empresa. Este derecho no incluye el derecho de transmitir copias totales o parciales del software, o modificar o editar otras versiones o copias de dichas versiones.
11.2.2 Cuando el software se transmita a un tercero, también se le transmitirá el derecho de uso a dicho tercero, quien sustituirá al Comprador en el contrato y el derecho de uso del Comprador terminará de forma automática.
11.2.3 Una vez transmitido el software a un tercero, el Comprador deberá destruir todas las copias y respaldos del software, así como cualquier versión modificada o editada del software o de alguna copia del mismo.
11.2.4 Estas disposiciones (11.2.1 a 11.2.3) serán además aplicables, en aquellos casos en que el software sea transmitido solo de manera temporal o por un corto plazo. No esta permitido otorgar el software en arrendamiento a un tercero.
11.3 Otros derechos
11.3.1 Todos los derechos respecto del software quedarán reservados para la Empresa. Esto no afecta de ninguna manera los derechos de explotación del Comprador, ya sea del software que el mismo desarrolle o del software que sea transmitido por nosotros, o de cualquier otro resultado que el Comprador obtenga por medio de la utilización del software.
11.3.2 Cuando exista una versión nueva del software, el Comprador tendrá derecho a renovarlo con la nueva versión, que será vendido al Comprador a precio de lista; la renovación aplica únicamente en la versión integral y original adquirido por el Comprador. Una vez realizada la renovación, el Comprador perderá el derecho de utilizar el software reemplazado. Asimismo, tendrá el Comprador la obligación de destruir todo lo relacionado con el software antiguo, de conformidad con la sección 11.2.3.
11.4 Garantía
11.4.1 El Comprador reconoce que no es posible desarrollar un software libre de defectos o fallas que se presenten con motivo del uso diario del software.
11.4.2 Garantizamos que el software cumplirá con todas las funciones acordadas y que cuenta con todas las características especificadas. Todas las garantías estarán sujetas a su uso de acuerdo a lo aquí previsto.
11.4.3 De igual manera, garantizamos que el software original ha sido debidamente registrado en un medio de prueba de información (data tested medium). Los software pre-instalados se encuentran excluidos de esta disposición.
11.4.4 Cualquier defecto en el software deberá ser notificado inmediatamente a la Empresa; de acuerdo a lo establecido en la sección 8.3.
11.4.5 El periodo de garantía será de 12 meses, contados a partir de la entrega del software al Comprador.
11.4.6 Si el software se encuentra inutilizable (sección 11.4.2) o defectuoso (sección 11.4.3) nos comprometemos a cambiarlo por uno nuevo. Si el nuevo software, resulta de igual manera inutilizable o defectuoso y no somos capaces de reemplazarlo o de repararlo a un precio razonable y en un tiempo razonable (al menos 4 semanas), entonces el Comprador podrá solicitar una reducción del precio o la terminación del contrato. En caso de terminación del contrato, la sección 11.2.3 deberá aplicar de manera análoga. La Empresa no reembolsará los costos incurridos en la reparación de software que lleve a cabo el Comprador o un tercero.
11.4.7 No otorgamos ninguna garantía, más allá de lo establecido en la sección 11.4.6 y en particular no se garantiza que el software reunirá todos los requisitos del Comprador o del usuario, ni se garantizan versiones modificadas o editadas del software (Sección 11.1.2) salvo que el Comprador pueda probar que no existe ninguna relación entre el defecto y la modificación existente. El Comprador deberá tendrá plena responsabilidad sobre la selección, instalación y uso del software y por los resultados que se pretendan obtener con ello.
11.5 Responsabilidad por daños
11.5.1 Cualquier reclamación del Comprador o de tercero – especialmente por daños y perjuicios – quedará expresamente excluida, salvo que la parte agraviada pueda probar que nosotros ocasionamos dichos daños, sea con conocimiento e intencionalmente o por negligencia.
11.5.2 En cualquier otro caso, la sección 9 aplicar de manera análoga.
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